Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2362/10

                            FECHA DE SANCIÓN: 14 de Diciembre de 2010.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2186
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9077/10.-

 

VISTO:

              El Expediente con carátula Municipal D-5033/10, incluido en el Expediente D-9077/10, en referencia a la Licitación Pública Nº 040/10, rubro Mantas, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que el Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal establece… “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”…;

Que en el Expediente Municipal con carátula municipal D-5033/10 contiene el Decreto Municipal al Llamado a Licitación Publica para la Concesión de Venta Ambulante en Playa en el Partido de Villa Gesell, el Acta de Apertura firmado por los funcionarios Municipales, el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell Dr. Atilio Roncoroni;

Que de acuerdo a los artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a la Intendente Municipal Interina C.P.N Martha S. Gaeta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación Pública Nº 040/10 rubro Mantas.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Adjudicase la Concesión de Venta Ambulante en Playa en el Partido

——————–  de Villa Gesell a la Licitación Pública Nº 040/10, Rubro Mantas , al Señor SANTIONI, Eduardo Daniel, por ser oferta única en cumplimiento del Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal.—

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése la Registro Oficial y cumplido archívese.—

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