Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————


2612/15

            

                                             FECHA DE SANCIÓN: 5 de Octubre de 2015.-

                                              NUMERO DE REGISTRO: 2445

                                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10307/15.-

 

VISTO:

El sentido de circulación del triángulo que se encuentra en la intersección del Paseo 145 y Boulevard Silvio Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

Que circulando por Paseo 145 desde Circunvalación hacia Boulevard Silvio Gesell, en su intersección se encuentra un distribuidor de tránsito en forma triangular que distribuye el tránsito.

Que el mismo indica que la única posibilidad de tránsito es de oeste a este en cada una de sus aristas.

Que resulta confuso para los que transitan desde circunvalación hacia el este discernir por cuál lado del distribuidor de tránsito deben tomar.

Que quienes vienen circulando por Paseo 145 desde la Avenida 3 hacia el Boulevard Silvio Gesell, al llegar a esa intersección se encuentra que no le es permitido cruzar hacia la mano oeste del mencionado Boulevard.

Que quienes transitan en este último sentido y necesitan dirigirse por el Boulevard hacia la zona sur deben dirigirse a Paseo 144 para retomar hacia el sur por el Boulevard.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

                                                                 O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Implementar sentido de circulación normal a una rotonda de distribución
——————–  de tránsito en la intersección del Paseo 145 y Boulevard Silvio Gesell y señalética correspondiente.—

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Share This