Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2623/15
FECHA DE SANCIÓN: 16 de Noviembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2455
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10104/15.-
VISTO:
La prevención de accidentes y contingencias que debe llevar a cabo el área de seguridad en los edificios municipales.
CONSIDERANDO:
Que se debe prever un Programa de Gestión Integral del Riesgo en cada una de los edificios municipales;
Que a partir del Programa de Gestión Integral debe capacitarse al Personal Municipal en la Evacuación del Edificio donde se halla trabajando de manera que, ante una contingencia no cunda el pánico;
Que como consecuencia de los diferentes edificios municipales, sean propios, alquilados o en comodato, es necesario realizar un Plan por Edificio, determinado responsables y cadenas de mando ante una situación de emergencia;
Que se deben actualizar las recomendaciones y acciones a llevar a cabo ante la emergencia de evacuación.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Establézcase un Programa de Gestión Integral del Riesgo en cada
——————- cada uno de los edificios municipales en concordancia con las fuerzas de seguridad en prevención de contingencias y emergencias con las reglas básicas de evacuación de edificios y según la particularidad de aquellos.—
ARTÍCULO 2º: Impleméntese en todos los edificios municipales un
——————- SIMULACRO DE EVACUACIÓN DE EDIFICIOS MUNICIPALES con el fin de capacitar a sus empleados para futuros momentos de contingencias no previstas con acciones y estrategias referidas a la Prevención, Seguridad y Riesgo.—
ARTÍCULO 3º: Institúyanse Acciones y estrategias que respondan al artículo
——————- precedentemente mencionado, como así también Cronograma de reuniones con las distintas Secretarías para las prácticas o Simulados de Evacuación de Edificios Municipales del Partido de Villa Gesell y toda otra acción que resulte favorable a los fines de la presente y garantice el cumplimiento de disposiciones referidas a la prevención y seguridad de la comunidad trabajadora municipal y circunstanciales vecinos en las mismas dependencias.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—