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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

2016 – Año del Bicentenario

2652/16 

                               FECHA DE SANCIÓN: 16 de Agosto de 2016.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2489
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: P-10647/16.-

 

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

 

ARTICULO 1º: Cédase al CLUB DEPORTIVO ESPAÑOL DE VILLA GESELL una
——————– fracción de terreno de treinta mil (30.000 m2) metros cuadrados del remanente de la Parcela 107, Sección H, Circunscripción VI de la localidad de Villa Gesell. La fracción de terreno tendrá 150 metros de frente por 200 metros de fondo y estará ubicada sobre el Paseo 112 y en la zona lindera  a las Instituciones PROVIDA y APAADE.—

 

ARTÍCULO 2º: La cesión mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza queda
——————– sujeta a las siguientes disposiciones:

  • Presentación de un proyecto de obras en el que deberán contemplarse las siguientes normativas:
    • Resolución de accesos.
    • Usos y actividades a desarrollar.
    • Volumen edificable (metros cuadrados a construir).
    • Área a forestar.
    • Retiros considerables de los ejes divisorios.
    • Conservación de la topografía existente.
  • El proyecto deberá presentarse en un plazo no mayor de un (1) año a contar de la promulgación de la presente Ordenanza. Las obras deberán iniciarse por etapas dentro de los dos (2) años siguientes y estar totalmente concluídas dentro de los diez (10) años.
  • El proyecto deberá contemplar la construcción de una Pista de Atletismo reglamentaria; las instalaciones para las pruebas de campo de atletismo; una cancha chica de futbol y una zona de esparcimiento con vestuarios, mesas y parrillas al aire libre.—

 

ARTICULO 3º: La Municipalidad de Villa Gesell podrá celebrar convenio con el Club
——————– Deportivo Español para la utilización de las instalaciones deportivas y recreativas  del predio en aquellos casos que el interés comunitario así lo requiera.—


ARTICULO 4º:
La parcela adjudicada ni podrá ser objeto de transferencia, subdivisión,
——————– ni otra disposición que altere el proyecto para el cual ha sido cedida.—

 

ARTICULO 5º:  Deróganse las Ordenanzas 762/89 y 2435/11.—

 

ARTICULO 6°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

       

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