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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2690/16 

                             FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                             NUMERO DE REGISTRO:  2534
                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: H-10792/16.-

 

VISTO:

              El Expediente H-10792/16; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que para garantizar la integridad del área protegida Faro Querandí resulta necesario el desarrollo de numerosas acciones específicas para la protección  de las especies o su hábitat;

Que según las conclusiones que emanan  del Programa Estratégico de Manejo de la Reserva Natural Faro Querandí – Ordenanza nº 1994/04 las características peculiares de la Reserva hacen indispensable una coordinación de acciones eficiente, entre las que destacan contar con un programa de financiamiento que plantee la autosuficiencia a largo plazo, debido a que en gran medida la protección de los ecosistemas requiere consolidar las acciones de inspección y vigilancia mediante la contratación y capacitación de personal, la adquisición de equipo de transporte, de radiocomunicación y la reparación de la infraestructura, todo lo cual resulta imposible si no se cuenta con un ingreso genuino que solvente dichos gastos;

Que desde que se sancionó el Programa Estratégico de Manejo de la Reserva, solo se puso en funcionamiento una única vez la herramienta del cobro de un bono contribución a cargo de la Asociación de Amigos de la Reserva Faro Querandí, sin lograr los resultados esperados de constituir un fondo que pueda solventar los gastos de vigilancia, control y mantenimiento de la Reserva;

Que en la actualidad la labor de cuidado de la Reserva está a cargo del Cuerpo de Guardaparques Municipal y Guardaparques Voluntarios;

Que la mencionada herramienta del cobro de un bono contribución serviría a los fines de paliar algunos gastos indispensables que dicho Cuerpo realiza en su trabajo de cuidado y mantención de la Reserva.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Municipalidad de Villa Gesell al cobro de un bono
——————-  contribución para el acceso a la Reserva Natural Municipal Faro Querandí, en el marco de la Ordenanza nº 1994/04 – programa Estratégico de Manejo de la Reserva.—


ARTICULO 2º
:  El bono contribución será cobrado por persona y tendrá un valor
——————-    equivalente en pesos de hasta 13 módulos. La forma de implementación del cobro de este bono contribución quedará sujeta a la reglamentación de la presente por parte del Departamento Ejecutivo.—


ARTICULO 3º
: Lo recaudado en función del cobro del bono contribución será afectado
——————- a una cuenta especial, conformándose un fondo afectado únicamente al manejo de de la Reserva Natural Municipal Faro Querandí (mantenimiento, señalización, compra de materiales, vigilancia y control, etc.).—

 

ARTICULO 4º: En conjunto con la venta del bono contribución deberá entregarse un
——————- folleto que contenga una síntesis del reglamento de visitantes, donde figuren los usos permitidos y prohibidos dentro de la Reserva,  las normas que son de cumplimiento dentro de ella, la importancia de la conservación de dicho patrimonio, como todo aquello que indique el comportamiento esperado de los visitantes dentro de la misma.—

 

ARTICULO 5º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

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