2006

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Ordenanza 2089/06 – Plan de Obras «Villa Gesell 2010»
Ordenanza 2088/06 – Código Traibutario
Ordenanza 2087/06 – Convalidación Convenio con Fundación Casa GARRAHAN
Ordenanza 2086/06 – Aumento Tarifa de Taxis
Ordenanza 2085/06 – Prorroga Modelo Servicio Remise
Ordenanza 2084/06 – Prorroga Presupuesto 2007
Ordenanza 2083/06 – Autorización Venta Vehículo Renault Megane
Ordenanza 2082/06 – Donación Obra Artista Ariel GODOY
Ordenanza 2081/06 – Funcionamiento de Colonia de Vacaciones
Ordenanza 2080/06 – Interés Patrimonial donde funcionaba la Primer Escuela
Ordenanza 2079/06 – Establece Servicio de Estacionamiento Medido
Ordenanza 2078/06 – Área de Discapacidad – Pases Libres
Ordenanza 2077/06 – Denominase «Paseo 113 – Don Omar Enrique MASOR»
Ordenanza 2076/06 – Reglamentación  «Alojamiento no Tradicional»
Ordenanza 2075/06 – Denominación al Acceso Sur «Don José ANTON»
Ordenanza 2074/06 – Plazoleta de las Iglesias Cristianas Evangélicas
Ordenanza 2073/06 – Convalida Decretos Servicio de Recolección de Residuos
Ordenanza 2072/06 – Aprobación Rendición de Cuentas 2005
Ordenanza 2071/06 – Venta de Vehículo Furgón Volkswagen
Ordenanza 2070/06 – Convalidación Decretos de Adjudicación Licitaciones de Playa
Ordenanza 2069/06 – Efemérides Locales
Ordenanza 2068/06 – Convalida Decretos de Adjudicación en Playa
Ordenanza 2067/06 – Unidades Turisticas Fiscales
Ordenanza 2066/06 – Creación de Curso de Capacitación Conductores Vehículos de Pasajeros
Ordenanza 2065/06 – Crea Dirección de Participación Ciudadana
Ordenanza 2064/06 – Programa de Auditoría Ciudadana «Calidad en las Practicas Democráticas»
Ordenanza 2063/06 – Creación del Consejo de Abuelos
Ordenanza 2062/06 – Nomina de Mayores Contribuyentes
Ordenanza 2061/06 – Suspende Instalación  de Cartelería por 30 días
Ordenanza 2060/06 – Plazoleta Boulevard entre 115 y 118 «Madre Teresa de Calcuta»
Ordenanza 2059/06 – Incorporación de Obras de Arte al Patrimonio Artístico
Ordenanza 2058/06 – Licencia Intendente Luis Baldo
Ordenanza 2057/06 – Intérprete de Sordos e Hipoacúsicos en Actos Oficiales
Ordenanza 2056/06 – Programa de Capacitación Permanente del Gobierno de Villa Gesell
Ordenanza 2055/06 – Venta Ambulante en Playa, Rubro Helados – Conv. Decreto Municipal
Ordenanza 2054/06 – Convalida Prevención del Delito y Reiterancia Delictiva
Ordenanza 2053/06 – Plan Recuperación Crédito Público Municipal – Convalida Dec. Municipal
Ordenanza 2052/06 – Emisión Rifa Centro Cultural Mar Azul
Ordenanza 2051/06 – Código de Ordenamiento Urbano
Ordenanza 2050/06 – Plan Manejo Integrado del Frente Costero
Ordenanza 2049/06 – Complementaria Presupuesto 2006
Ordenanza 2048/06 – Presupuesto 2006 

Ordenanza 2716/17

Ordenanza 2716/17

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

 2716/17

                                  FECHA DE SANCIÓN: 3 de Abril de 2017.-
                                  NUMERO DE REGISTRO:  2559
                                  EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10846/17.-

 

VISTO:

             La Ordenanza sancionada el 14 de Febrero de 2017, registrada bajo el número 2556 correspondiente al Expediente N-10846/17; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que dicha Ordenanza fue vetada parcialmente por el Intendente Municipal mediante el Decreto 555/17 de fecha 02 de Marzo de 2017;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su Artículo 69º la facultad del Departamento Deliberativo de insistir en la sanción de una Ordenanza vetada por el Departamento Ejecutivo.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Insístase en la modificación del Artículo 109º de la Ordenanza 2156/08
——————  sancionada a través de la Ordenanza aprobada el día 14 de Febrero de 2017 bajo el número de Registro 2556 que fuera vetada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto nº 555/17.—

ARTICULO 2º: La presente insistencia se dicta en los términos del Artículo 69º de la
——————–  Ley Orgánica de las Municipalidades.—

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2716/17

Ordenanza 2715/17

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

 2715/17

                                 FECHA DE SANCIÓN: 29 de Marzo de 2017.-
                                NUMERO DE REGISTRO: 2558
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10875/17.-

 

VISTO:

               El Convenio enviado  por  el  Departamento Ejecutivo  Municipal  a fs. 2, 3, 4, 5,6 y 7 del Expediente Letra D – Nº 10875/17; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, la solicitud del Señor Intendente Municipal a Fs. 1) solicita la convalidación del Convenio con la Suprema  Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires;

Que, dicho Convenio resulta beneficioso para todos los Ciudadanos del  Partido de Villa Gesell, en cuanto  nos  da la posibilidad de  contar con un Juzgado de  Garantías,  para que todas  las  personas   puedan tener la posibilidad de acceder  a la justicia sin tener que desplazarse a otra ciudad para resolver diferentes cuestiones judiciales.

Que,  es necesaria la convalidación del mismo por este Honorable Concejo Deliberarte.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Convalídese  el Convenio Nº 001-154-2017 suscripto entre la
——————- Municipalidad de  Villa Gesell y  la Suprema  Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 2, 3, 4, 5, 6 y 7  del Expediente Letra D – Nº 10875/17.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2129/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

 2129/08

                                  FECHA DE SANCION: 4 de Enero de 2008.-
                                 NUMERO DE REGISTRO: 1950
                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8027/07.-

 

VISTO:

                El pedido expreso de fecha 28 de Diciembre de 2007, efectuado por el Señor Intendente Municipal de Villa Gesell, en el que solicita al Honorable Concejo Deliberante la adhesión a la Policía Comunal de Seguridad; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, la Policía Comunal de Seguridad prevee la posibilidad de su aplicación para los Municipios del interior de la Provincia de Buenos Aires con una población inferior a los 70.000 habitantes;

Que, el Municipio es una persona jurídica de carácter público por lo tanto está regido por el derecho público, del mismo modo que el Estado Nacional y la Provincia y al observarse las disposiciones  constitucionales nacionales (Art. 5º y 123º) y Provinciales (Art. 190º, 191º, 192º inc. 6º y demás concordantes), está claramente habilitado para celebrar convenios, adherir y poner en práctica leyes provinciales, entre otras funciones inherentes;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

  

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Adhiérase la Municipalidad de Villa Gesell en todos sus términos a la
– – – – – – – – – – –  Ley de Policía Comunal de Seguridad.- – –

ARTICULO 2º:  Autorízase al Señor Intendente Municipal del Partido de Villa Gesell a
– – – – – – – – – – –  celebrar el Convenio correspondiente para la implementación de la Ley de Policía Comunal de Seguridad de Villa Gesell.- – –

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

Ordenanza 2128/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

 2128/08

                                  FECHA DE SANCION: 4 de Enero de 2008.-
                                 NUMERO DE REGISTRO: 1949
                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8026/07

 

VISTO:

El informe remitido por el Señor Secretario de Planeamiento y Obras Públicas Arquitecto Luis Leonardo Castellani, el que da cuenta del estado actual de ocupación de las Unidades Turísticas Fiscales y el informe de Asesoría Legal que individualiza las trece (13) Unidades con las concesiones vencidas y;

 

CONSIDERANDO:

Que, doce (12) de los Balnearios con concesiones vencidas se encuentran ocupados por sus antiguos concesionarios y una desalojado por orden judicial, actualmente ocupado;

Que, las construcciones en playa se encuentran en un buen estado de conservación;

Que, el proceso licitatorio se vio truncado por una medida judicial que imposibilitó la concreción de nuevas adjudicaciones, resintiendo con ello la normal prestación de servicio en la temporada veraniega;

Que, atenta contra la seguridad de las personas dejar las construcciones de los balnearios con licitación vencida, desocupados;

Que, las construcciones en playa abandonadas, perjudican la imagen de nuestra ciudad;

Que, es conveniente para los intereses municipales prorrogar hasta el 30 de marzo año 2008 las concesiones vencidas, porque ello genera un ingreso en concepto de canon de aproximadamente doscientos sesenta mil pesos ($ 260.000) y ; de ciento cincuenta puestos de trabajo genuinos;

Que, sí bien el Art. 231° de la Ley Orgánica de las Municipalidades  no garantiza al concesionario la prórroga del contrato ni le impone ello a la autoridad administrativa, es atribución conceder o denegar prórroga de una concesión de Unidades Turísticas Fiscales;

Que, es criterio del Departamento Ejecutivo no celebrar contratos con quienes se encuentren en conflicto con la Municipalidad de Villa Gesell.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1°: Facúltase al Señor Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta a
– –  – – – – – – – – –  prórrogar hasta el día 30 de marzo del año 2008 las concesiones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 231° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- – –

ARTÍCULO 2°: Fíjase el canon a cobrar a los concesionarios beneficiados con la
– – – – – – – – – – – –  presente Ordenanza en un monto igual al canon base de las licitaciones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas llevadas a cabo en el año 2007.- – –

ARTÍCULO 3°: Inclúyase  como  cláusulas  contractuales: el desistimiento de toda
– – – – – – – – – – – –  acción judicial contra la Municipalidad de Villa Gesell y el derecho en ella reclamada; la obligación de entregar el lote libre y limpio el día 1° de abril del año 2008 incluyendo la demolición a cargo del concesionario, salvo que la edificación pueda ser convertida para que tenga un menor impacto en un medio ambiente con una característica constructiva adecuada.- – –

ARTÍCULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar los
– – – – – – – – – – – –  correspondientes contratos.- – –

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –