Ordenanza 2008/05

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

  2008/05

                              FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 1832
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: A-7325/05.-

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorízase a la Asociación Geselina de Motociclismo Personería
– – – – – – – – – – – – Jurídica Nº 2436, a realizar competencias deportivas de motociclismo en el Partido de Villa Gesell.- – –

 

ARTICULO 2º:  La Asociación Geselina de Motociclismo deberá cumplir con los
– – – – – – – – – – – –    requisitos necesarios para la habilitación del predio en que llevaran a cabo las competencias automovilísticas de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1958 y la Resolución 01 de la Secretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.- – –


ARTICULO 3º
: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

Ordenanza 2006/05

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

  2006/05

                              FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 1831
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-7323/05.-

 


O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Villa Gesell Auto Club, Personería Jurídica Nº 18.566,
– – – – – – – – – – – –   a realizar competencias automovilísticas en el Partido de Villa Gesell.- – –

 

ARTICULO 2º:  El Auto Club Villa Gesell deberá cumplir con los requisitos
– – – – – – – – – – – –   necesarios para la habilitación del predio en que se llevaran a cabo las competencias automovilísticas de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1958 y la Resolución 01 de la Secretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.- – –

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

Ordenanza 2012/05

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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  2012/05

                              FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 1830
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-7258/05.-

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Apruébase la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Villa
– – – – – – – – – – –   Gesell, correspondiente al Ejercicio Económico y Financiero cerrado al 31 de Diciembre de 2004, conforme a los documentos y antecedentes obrantes en la misma.- – –

 

ARTICULO 2º:  Convalídanse los Decretos Municipales Nº 1719/04 y 1720/04,
– – – – – – – – – – – –    dictados en referencia al Ejercicio Económico y Financiero finalizado el 31 de Diciembre de 2004 y que integran la Rendición de Cuentas del Ejercicio .- – –

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

Ordenanza 2011/05

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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  2011/05

                              FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 1829
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-7324/05.-

 

VISTO:

              El Expediente 7324/05, por el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, eleva el Decreto Nº 770/05; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el mismo refiere al aumento de los sueldos municipales a partir del primero (01) de Junio del corriente año;

Que, dicho Decreto debe ser convalidado por este Honorable Concejo Deliberante;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Convalídase el Decreto Municipal Nº 770/05, por el cual se
– – – – – – – – – – – –    establece la nueva escala salarial para todo el escalafón municipal a partir del primero (01) de Junio del 2005, el cual forma parte de la presente.- – –

 

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

 

 

Ordenanza 2007/05

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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  2007/05

                                    FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
                                    NUMERO DE REGISTRO: 1828
                                    EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-7255/05.-

 

VISTO:

La importancia del concepto de sustentabilidad como base para proteger la biodiversidad, la cultura, la sociedad y el medio ambiente; y

 

CONSIDERANDO:

Que, concibiendo a la sustentabilidad como una forma de gestión de todos los recursos de manera que las necesidades económicas, sociales y estéticas puedan ser satisfechas al mismo tiempo que se conservan la integridad cultural, los procesos ecológicos esenciales, la biodiversidad biológica y los ecosistemas;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante ha sancionado la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Intégrese el Municipio de Villa Gesell a la Red Federal de
– – – – – – – – – – – – Municipios Turísticos Sustentables de la Republica Argentina, con la finalidad de:

  1. Construir conjuntamente un espacio de capacitación, integración, intercambio y desarrollo de practicas que colaboren a hacer sustentables nuestros Municipios Turísticos.
  2. adoptar conjuntamente las medidas adecuadas para la implementación gradual y escalonada de los instrumentos para propiciar el desarrollo del turismo integralmente.
  3. Coordinar y dar seguimiento a dichos instrumentos, por parte de las autoridades pertenecientes a los municipios participantes.
  4. Desarrollar los indicadores de sustentabilidad turística, que permitan dotar a los Municipios de atributos para medir sus procesos en los ámbitos económicos, ambientales y socio-culturales.
  5. Establecer un sistema de medición de los indicadores que resulte practico, objetivo y fácil de comprender.
  6. Comprometernos a poner en marcha en nuestra localidad la medición de sustentabilidad a través de los indicadores que se elaboren.
  7. Desarrollar proyectos e iniciativas que permitan acceder gradualmente al desarrollo sustentable de nuestro Municipio.- – –

 

ARTICULO 2º: A los efectos de consolidar la integración, adhiérase al Nodo Costa
– –  – – – – – – – – – – Atlántica, correspondiente a la región de Villa Gesell, con delegados correspondientes al Municipio. – – –

 

ARTICULO 3º: Establécense como objetivos principales de la Red Federal de
– – – – – – – – – – – –  Municipios Turísticos Sustentables, los siguientes:

  • Crear y compartir conocimiento, proyectos que favorezcan el desarrollo sustentable de los municipios que la integran.
  • Trabajar conjuntamente en la obtención de beneficios para los municipios integrantes de la Red.
  • Elaborar proyectos de ley que brinden el marco legal para un desarrollo sustentable a fin de servir de insumo a los distintos órganos legislativos a nivel local, provincial y nacional.
  • Desplegar las gestiones pertinentes en el ámbito publico y/o privado nacional, provincial y/o internacional a fin de lograr el financiamiento que requiere la ejecución del proyecto.
  • Establecer los indicadores de sustentabilidad turística, que permitan dotar de un valor agregado a la Marca / Producto Turístico de cada Municipio / Comuna integrante. – – –

 

ARTICULO 4º: Establécense como objetivos accesorios de la Red Federal de
– – – – – – – – – – –  Municipios Turísticos Sustentables, los siguientes:

  • Promover, coordina y controlar la gestión de acciones de los diferentes programas y/o emprendimientos que se implementen para la protección ambiental de los Municipios Turísticos que la integran.
  • Coordinar la gestión con diferentes organismos del Estado Nacional y Provincial a fin de incorporar gradual y sostenidamente a la población y a los gobiernos locales en las acciones de ordenamiento y manejo de los recursos naturales, a fin de propender al desarrollo sustentable.
  • Promover el ordenamiento físico ambiental del territorio municipal o comunal, sobre la base que este constituye una porción geográfica del área total de cada región.
  • Establecer los lineamientos básicos de un ordenamiento territorial, propiciando que el crecimiento se desarrolle en función de Planes Estratégicos de Desarrollo, y Planes de Ordenamiento Urbano, con patrones que sean adoptados uniformemente y en general, por las localidades de cada región.
  • Fomentar la recuperación de áreas verdes de reserva, asegurando la adecuada relación entre llenos-vacíos, valorando el paisaje como recurso prioritario de cada región
  • Realizar controles y estudios de impacto ambiental sobre toda actividad que se considere contaminante e implementar las acciones que permitan corregir o atenuar dicha situación.
  • Establecer un sistema de recopilación, elaboración y difusión de datos, estadísticas e instrumentos legales en vigencia.
  • Toda otra acción cuyo objetivo final sea la preservación y mantenimiento sustentable de medio ambiente de cada región involucrada en la Red Federal de Municipios Turísticos Sustentables. – – –

 

ARTICULO 5º: A los fines de la correcta organización de acciones y trabajos la Red
– – – – – – – – – – –    Federal de Municipios Turísticos Sustentables, dictara su reglamento interno de funcionamiento.- – –

 

ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –