May 31, 2018 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1527/97
FECHA DE SANCION: 6 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1322
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: I-4441/96.-
VISTO:
El expediente I-44496 que presenta un proyecto de investigación destinado a profundizar nuestro perfil geselino, desde un enfoque interdisciplinario, y
CONSIDERANDO:
Que indagar sobre aspectos tales como:
- La diversidad de los recursos culturales
- La planificación urbana
- El medio ambiente como recursos natural: Puede enriquecer que hacer turístico y su promoción;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal el proyecto de Investigación
——————- Semiológico-Cultural denominado “Villa Gesell: Perfiles de una Identidad”.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 31, 2018 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
————
1526/97
FECHA DE SANCION: 6 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1321
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4722/97.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1177, que quedará
——————- redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 2º: Este arancelamiento tendrá vigencia entre el día
——————— 15 de diciembre de cada año y el 15 de marzo del año siguiente, fijándose su valor
en pesos uno, ($ 1) por persona.-
Quedan exceptuados los menores de doce (12) años, contingentes de estudiantes organizados por la institución educativa a la que pertenezcan y los jubilados que acrediten tal condición.- Cuando los visitantes ingresen en contingentes organizados por empresas turísticas, de excursiones o similares abonarán pesos uno ($1) por persona sin excepción.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 31, 2018 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1525/97
FECHA DE SANCION: 6 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1320
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 4680/97.-
ARTICULO 1º: Establecese como Red Vial Municipal aquella que se detalla
– – – – – – – – – – – – gráficamente en el Anexo I y que se enumera extensivamente en el Anexo II del Expediente D-4680/96, con una longitud total de 13.500 mts. (metros trece mil quinientos).—
ARTICULO 2º: La Municipalidad de Villa Gesell adhiere al régimen de
——————- Coparticipación Vial que establece el Decreto – Ley 8071.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 31, 2018 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1524/97
FECHA DE SANCION: 6 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1319
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4723/97.-
VISTO:
Que la reconversión transformadora y necesaria que se ha venido implementado en nuestro país ha originado numerosos problemas en el ámbito ocupacional, y
CONSIDERANDO:
Que la cultura del trabajo es el pivote del desarrollo Provincial y Municipal y es ante todo y fundamentalmente preservadora de los valores esenciales del comportamiento humano,
Que por tal circunstancia, la Provincia ha implementado un Plan de Generación de Empleo mediante la construcción de pavimento con utilización de mano de obra intensiva,
Que para que nuestro Distrito pueda incorporarse al mismo resulta menester la sanción de los correspondientes actos administrativos,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese a la Municipalidad de Villa Gesell adherida al “Plan
– – – – – – – – – – – – Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación” homologando el Acta de Adhesión obrante a fojas 7 del presente Expediente.- – –
ARTICULO 2º: Declárese de Interés Municipal el programa referido en el
– – – – – – – – – – – – Artículo anterior y las obras a realizar.- – –
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo elevará al Honorable Concejo
– – – – – – – – – – – – Deliberante el Plan de Obras de las calles a pavimentar y sus características para su aprobación.- – –
ARTICULO 4º: El prorrateo correspondiente a la contribución de mejoras se
– – – – – – – – – – – – fijará por Ordenanza Preparatoria para su posterior sanción en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, de acuerdo a Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias y la Ordenanza General Nº 165.- – –
ARTICULO 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a integrar los consorcios,
– – – – – – – – – – – – cooperativas y toda otra forma asociativa necesaria para la realización del Plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes, y a realizar todas las gestiones conducentes para una efectiva concreción del plan, firmando el convenio definitivo, sus instructivos y anexos.- – –
ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
May 31, 2018 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1523/97
FECHA DE SANCION: 21 de Abril de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1318
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4714/97.–
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Deróguese la Ordenanza Nº 609 en todos sus términos.- – –
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –