Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1608/97


                           
FECHA DE SANCION: 22 de Diciembre de 1997.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1403
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4995/97.-

VISTO:

           El expediente D-4995/97 por el cual el Señor Tomás C. Suárez solicita el pago de una deuda originada en los Ejercicios  Fiscales 1994 y 1995, y

CONSIDERANDO:

                               la nota del proveedor de fojas 2 en el cual expone los motivos por los que no se emitieron facturas;

                               la documental obrante en las fojas 3 a 12;

                               el informe de Asesoría Legal de fojas 13;

                               La notificación por cédula de fojas 14 a 15;

                               El informe del proveedor de fojas 16;

                               El informe de Asesoría Legal de fojas 17 por el cual se dictamina la aplicación del Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad,

                               que del análisis de todo el expediente surge que únicamente se puede contabilizar y pagar la deuda de Pesos Ciento doce con cuarenta centavos ($ 112, 40) por la factura Nº 8088,

                                que para el resto de las operaciones, habida cuenta que están probadas las prestaciones sólo resta que el proveedor emita la documentación como único instrumento idóneo legalmente para contabilizar y efectuar el pago;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda de Pesos ciento doce con cuarenta centavos ($ 112,40)
——————— contraído en el Ejercicio Fiscal 1994 con el Señor Tomás Carlos Suárez.—

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contabilizar la
———————– deuda reconocida debitando la cuenta de Resultados de Ejercicios Anteriores y acreditando la Deuda Flotante, y a efectuar el pago correspondiente.—

ARTICULO 3º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

Ordenanza 1607/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás A Suárez

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1607/97

                           

                            FECHA DE SANCIÓN: 22 de Diciembre de 1997.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1402
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4994/97.-


VISTO:

El expediente D-4994/97 por e3l cual se gestiona la  aplicación del Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad, y

CONSIDERANDO:

La documental obrante en el expediente en fojas 1 a 9;

el informe de Asesoría Legal de fojas 10; el informe del Contador Municipal de fojas 12 de  donde resulta que se cumplen con las previsiones del Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda de Pesos setecientos catorce con ochenta
———————-  centavos ($ 714,80), con el Señor Tomás A Suárez.—

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contabilizar la
———————– deuda reconocida debitando la Cuenta de Resultados de Ejercicios Anteriores y acreditando la Deuda Flotante, y a efectuar el pago correspondiente.—

ARTICULO 3º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

Ordenanza 1606/97 Resigna programa Procasa III ($5.781,71).

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1606/97

                            FECHA DE SANCION: 22 de Diciembre de 1997.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1401
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4960/97.-

VISTO:

              El expediente D-4960/97 por el cual el Contador Municipal solicita reasignar fondos de Planes de Viviendas, y

CONSIDERANDO:

                                 El informe del Contador Municipal de fojas 3, por el  cual determina los importes a reasignar de los distintos planes;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar el
———————- programa PROCASA III la suma de Pesos cinco mil setecientos ochenta y uno con setenta y uno ($5.781,71).- Dicha suma proviene al desafectar los fondos de distintos programas que se indican a continuación:

a) PROCASA I $           239,48.-

b) PROCASA II                          $        775,15.-

c) PLAN 24 VIVIENDAS $        202,49.-

d) PLAN NOVIOS $       564,59.-

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

Ordenanza 1605/97 Préstamo con Prov. de Bs As.

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1605/97


FECHA DE SANCIONA: 22 de Diciembre de 1997.-
                          NUMERO DE REGISTRO: 1400
                          EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4957/97.-

 

VISTO:

El expediente D-4957/97 en el cual se tramita un préstamo con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la adquisición de maquinarias vial, y

CONSIDERANDO:

Que el préstamo a tramitar surge de un ofrecimiento de la Unidad Ejecutora Provincial de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal,

Que el monto del préstamo se destinará a financiar el 75% de la compra de una Motoniveladora de 120 HP y una Pala Cargadora de 110 HP,

Que los beneficios de las adquisiciones proyectadas para la Comunidad son evidentes, haciendo más eficientes las prestaciones de servicios;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a concertar con la
———————- Provincia de Buenos Aires un préstamo de hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MIL (U$S 300.000).- El monto del préstamo quedará determinado según el resultado que arroje y esté autorizado por la Unidad Ejecutora Provincial del P.F.M. no pudiendo superar el 75% del monto del proyecto.—

ARTICULO 2º: Los fondos del préstamo serán afectados integra  y exclusivamente a
———————- la ejecución del siguiente proyecto  incluido en el Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal P. F. M.- “Adquisición de Maquinarias” Nº 12.301.—

ARTICULO 3º: Los recursos provenientes de este préstamo se depositarán en una
———————- cuenta bancaria denominada “Programa de Desarrollo Municipal –Municipalidad de  Villa Gesell Proyecto 12.301” que se habilitará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.—


ARTICULO 4º:
En garantía del préstamo aféctanse los recursos de Coparticipación de
———————– los Impuestos Nacionales y Provinciales que correspondan a este Municipio autorizándose  retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del Convenio de Subpréstamo.—

ARTICULO 5º: El crédito se amortizará con recursos del Municipio provenientes de
———————- Recursos Generales.—

ARTICULO 6º: Créase la Partida e incorpórase al Presupuesto los recursos necesarios
———————- para atender el pago de:

  1. la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el periodo de ejecución del proyecto;
  2. el servicio de amortización e intereses del empréstito.-

El Departamento Ejecutivo Municipal proveerá en los Presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del  préstamo hasta su total cancelación.-

ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la repartición
———————- correspondiente, procederá a realizar el llamado correspondiente para la ejecución del proyecto  enunciado en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.—


ARTICULO 8º
La deuda será amortizada por el Municipio en veinticuatro (24) cuotas
———————- trimestrales.- El periodo de gracia será igual a trescientos sesenta (360) días.- Durante el periodo de gracia el Municipio pagará intereses cada noventa (90)  días, a partir de la primer transferencia, sobre el capital efectivamente desembolsado.- La Tasa de interés será del 8.70% anual, variable semestralmente según comunique la Unidad Ejecutora Provincial.—


ARTICULO 9º:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 1608/97 Reconociendo deuda con el Señor Tomás Carlos Suárez.

Ordenanza 1604/97 Reconociendo Deuda con el Sr Alfredo Greco

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1604/97

                            FECHA DE SANCION: 22 de Diciembre de 1997.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1399
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 4790/97.-

VISTO:

El expediente D-4790/97 por el cual el Señor Alfredo Greco solicita el pago de horas Extras adeudadas en los meses de Enero a Abril de 1995, y

CONSIDERANDO:

La Resolución Nº 2273 de este Honorable Concejo Deliberante obrante a Fojas 35,

El cumplimiento de la misma de acuerdo a las constancias de Fojas 36, 38, 39 y 43,

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda de $ 4.125,32 (Pesos cuatro mil ciento
———————  veinticinco con treinta y dos), contraída por la Municipalidad de Villa Gesell con el Señor Alfredo Greco proveniente del Ejercicio Fiscal 1995.—

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contabilizar el
———————- monto de la deuda con débito a la  Cuenta de Resultados de Ejercicios Anteriores y crédito a la Cuenta Deuda Flotante y a efectuar el pago correspondiente.—

ARTICULO 3º:Comuníquese, dése al registro Oficial y cumplido archívese.—