Oct 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3002/20
FECHA DE SANCION: 21 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2863
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13192/20.-
VISTO:
El expediente B-13192/20 con motivo de Adhesión a la Ley de Emergencia PYME de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que, dicha ley fue aprobada y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires con el número 15178;
Que, en la Ley se genera una red de contención de las Micro y Pequeñas Empresas;
Que, en su Artículo 4, establece que la Autoridad de Aplicación, deberá diseñar e implementar en forma conjunta con la agencia de Recaudación de la Provincia, un régimen de beneficios impositivos, que podrá incluir postergación del vencimiento de impuestos y tasas provinciales, plan especial de facilidades de pagos;
Que, además deberá, coordinar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la creación de líneas de crédito, especialmente destinadas al sostenimiento de la Micro y pequeñas Empresas;
Que, los beneficios, incluyen el Desarrollo de un Programa de formación y/o capacitación y/o tutores para contribuir al sostenimiento de la Micro y Pequeñas Empresas, en el ámbito donde la Autoridad de Aplicación lo considera conveniente, pudiendo abarcar aspectos en materia legal, contable, impositiva y/o de administración;
Que, la iniciativa contempla desarrollar en forma conjunta con los Municipios estrategias que contribuyan al sostenimiento de las micro y pequeñas empresas, que podrán incluir planes de facilidades de pago para regularizar deudas de tasas e impuestos municipales, regímenes de promoción local de las micro y pequeñas empresas, entre otros;
Que, la presente Ley en su Artículo 6º invita a los Municipios a adherir.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial 15178 que
———————- declara por el término de 180 días, la Emergencia Productiva, Económica, Financiera y Tarifaria de las Micro y Pequeñas Empresas en los términos definidos por la Ley Nacional 24.467 que se encuentren radicadas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Oct 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3000/20
FECHA DE SANCION: 21 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2861
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13369/20.-
VISTO:
El expediente letra D-13369/20 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar copia de convenio firmado entre Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 2975/20 votada por este Honorable Concejo Deliberante desafectó una parcela a subdividir de la manzana 22 Sección J, de superficie un mil cuatrocientos diecisiete metros cuadrados (1.417 m2) para la construcción de un centro de salud en Monte Rincón.
Que a fojas 1 el Intendente Municipal de Villa Gesell solicita la convalidación del convenio por parte del Honorable Concejo Deliberante.
Que se adjunta copia del convenio a fojas 2-4.
Que la construcción del centro de salud en el barrio Monte Rincón ayudará a ofrecer una mejor calidad sanitaria descentralizando la atención en el hospital.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídese el acuerdo alcanzado entre el Municipio y el Ministerio
——————— de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en el convenio marco 001 495 2020 para la construcción del Centro de Salud de Monte Rincón.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-
Oct 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
2998/20
FECHA DE SANCION: 7 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2858
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12897/20.-
VISTO:
Que la Ley 25.682 adopta el uso del bastón verde en todo el territorio de la República Argentina como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada norma además faculta al Poder Ejecutivo Nacional a instrumentar los mecanismos necesarios para la implementación de una masiva campaña de difusión nacional acerca de las ventajas de utilización del bastón verde para las personas con baja visión y de su significado para comprensión de toda la ciudadanía;
Que, desde este Honorable Cuerpo se puede propiciar una acción similar.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Declárese el día 26 de Septiembre de cada año como el Día del
———————- Bastón Verde, Instrumento de Movilidad y Orientación para personas con baja visión dispuesto por la Ley Nacional 25.682.—
ARTÍCULO 2º: Comprometiéndose a implementar una campaña de difusión en el
——————— mes de Septiembre de cada año con el objeto de concientizar sobre el uso del Bastón Verde, sus beneficios y significados para todos los vecinos de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-
Oct 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
2997/20
FECHA DE SANCION: 7 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2857
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12819/19.-
VISTO:
El expediente letra D- 12819/19 iniciado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO:
Que en dicho expediente se pide reconocer la deuda con el proveedor Moyano, César Oscar que figura en el Expediente municipal 4124-7216-2019.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Reconózcase como de legítima procedencia la deuda solicitada por
———————- la Contaduría Municipal de acuerdo al siguiente detalle: proveedor 2244 – MOYANO CÉSAR OSCAR. Factura B 0002-00000069 por la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS.- ($ 29.400.-).—
ARTÍCULO 2º: Impútese con Crédito a la Cuenta 21110000 Cuentas Comerciales a
———————- pagar por la suma de $29.400.- y débito contra la Cuenta 31210000 Resultado de Ejercicios Anteriores por la suma de $ 29.400.—
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-
Oct 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
2996/20
FECHA DE SANCION: 7 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2856
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12818/19.-
VISTO:
El expediente letra D- 12818/19 iniciado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO:
Que en dicho expediente se pide reconocer la deuda con el proveedor Moyano, César Oscar que figura en el Expediente municipal 4124-7215-2019.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Reconózcase como de legítima procedencia la deuda solicitada por
———————- la Contaduría Municipal de acuerdo al siguiente detalle: proveedor 2244 – MOYANO CÉSAR OSCAR. Factura B 0002-00000068 por la suma de PESOS VEINTIUNMIL OCHOCIENTOS OCHO.- ($ 21.808.-).—
ARTÍCULO 2º: Impútese con Crédito a la Cuenta 21110000 Cuentas Comerciales a
———————- pagar por la suma de $21.808.- y débito contra la Cuenta 31210000 Resultado de Ejercicios Anteriores por la suma de $ 21.808.—
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—