Nov 1, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1638/98
FECHA DE SANCION:6 de julio de 1998.———
NUMERO DE REGISTRO: 1433
EXPEDIENTE H. C. D. D-5114/98.-
VISTO:
El Expediente D-5114/98 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, donde consta la firma del convenio SOLIDARIDAD entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell, y
CONSIDERANDO:
Que, el objeto del Convenio es la construcción de 20 unidades de viviendas en el Partido de Villa Gesell,
Que, por ello el Instituto de la Vivienda aportara en concepto de asistencia financiera un monto de $ 270.000 (Pesos doscientos setenta mil),
Que, el préstamo deberá reintegrarse en un plazo de hasta 15 años en 60 (sesenta) cuotas trimestrales iguales,
Que, del total de los recursos será deducido un 35% para integrarse al Fondo Municipal de la Vivienda contemplado en la Ordenanza Nº 553/87;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio denominado SOLIDARIDAD firmado entre
——————- el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell, cuya copia obra a fojas 2 y 3 del Expediente D-5114/98.—
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer la deuda
——————– que surge del Convenio hasta en un plazo de quince (15) años.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 1, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1637/98
FECHA DE SANCION: 6 de julio de 1998.——–
NUMERO DE REGISTRO:1432.-
EXPEDIENTE H. C. D. D-5101/98.-
VISTO:
El expediente D-5101/98, por el cual el Escribano Carlos F. Lupo reclama el pago de varias facturas
correspondientes al año 1995, y
CONSIDERANDO:
El informe del Contador Municipal a fojas 34,
El informe de Asesoría Legal a fojas 35,
Las copias de actas notariales obrantes en fojas 21 a 31 y el informe del Secretario de Planeamiento, Obras y
Servicios Públicos en fojas 32, y que se da cumplimiento al Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda de $ 1760.00 (pesos mil setecientos sesenta)
——————- correspondientes a servicios prestados en el año 1995 detallados en las facturas Nº 1089-1090-1091-1092 y 1139.—
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a contabilizar la
——————- deuda de $ 1760.00 (pesos mil setecientos sesenta) contra la Cuenta de Resultados acumulados, siendo la imputación del ejercicio de origen año 1995 Cuenta 130-1-1-2-12-1 Honorarios Sector Público y Privado.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 1, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1636/98
FECHA DE SANCION: 6 de julio de 1998.——-
NUMERO DE REGISTRO: 1431.-
EXPEDIENTE H. C. D. D-5116/98.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación
——————- Pública para provisión, colocación, control y mantenimiento para la señalización vertical con explotación publicitaria por concesión de Obra Pública en el Partido de Villa Gesell, obrante en el Expediente D-5116/98.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 1, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS
1634/98
FECHA DE SANCION: 16 de Junio de 1998.——
NUMERO DE REGISTRO: 1430
EXPEDIENTE H. C. D. D-5102/98.-
VISTO:
El Expediente D-5102/98, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se eleva el Decreto firmado por el Departamento Ejecutivo Municipal modificando el sentido de circulación vehicular en la Avenida 10 entre los Paseos 104 y 105 por el cual pasa a ser de mano única, con sentido SUR-NORTE,
Que dicha modificación fue solicitada por el Colegio “San Martín” y varios vecinos de esta Institución Educativa,
Que dicho Decreto se dicta “Ad-Referéndum” de este Honorable Concejo Deliberante por ser atribución del mismo, según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en el Artículo 27º, inciso 18;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalidase el Decreto Nº 212 con fecha 30-03-98 dictado por el
——————– Departamento Ejecutivo Municipal estableciendo el sentido de circulación vehicular SUR-NORTE de la Avenida 10 entre los Paseos 104 y 105 de nuestra Localidad.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—