Jul 3, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1866/02
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Septiembre de 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1677
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-6375/02.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Denomínase «Plazoleta de los Inmigrantes» a la Plazoleta ubicada en
– – – – – – – – – – – Boulevard Silvio Gesell entre los Paseos 112 bis y 113, de nuestra localidad.- – –
ARTICULO 2°: El mantenimiento de la Plazoleta que comprende en cortada de
– – – – – – – – – – – – césped, poda y limpieza estará a cargo de las Colectividades: Italiana, Judía, Boliviana, Alemana y Chilena.- – –
ARTICULO 3°: Toda mejora a realizar deberá contar con la aprobación de la
– – – – – – – – – – – – Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.- – –
ARTICULO 4°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jul 3, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1865/02
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Agosto de 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1676
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-6348/02.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Denomínase «Concejal Eduardo Luna» a la Plazoleta central ubicada
– – – – – – – – – – – en Boulevard Silvio Gesell entre los Paseos 107 bis y 108 de nuestra localidad.- – –
ARTICULO 2°: El mantenimiento de la Plazoleta que comprende: cortada de césped,
– – – – – – – – – – – – poda y limpieza estará a cargo del Sindícate de Luz y Fuerza, Seccional Villa Gesell.- – –
ARTICULO 3°: Toda mejora a realizar deberá contar con la aprobación de la
– – – – – – – – – – – – Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.- – –
ARTICULO 4°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –
Jul 3, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1864/02
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Agosto de 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1675
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-6323/02.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Ley 12.875 y su Decreto
– – – – – – – – – – – – Reglamentario N° 1029. La misma en su artículo 6° determina: «Los agentes dependientes de los Municipios comprendidos en el régimen de la Ley 11.757, podrán optar por acogerse a los beneficios de esta modalidad de jubilación, siempre que medie Ordenanza previa de adhesión y cumplan con las condiciones exigidas por esta Ley.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jul 3, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1863/02
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Agosto de 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1674
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-6329/02.-
VISTO:
El expediente S-6329/02, iniciado por el vecino Sánchez, Atilio, y;
CONSIDERANDO:
Que se debe promover el mejoramiento en cuanto a la pintura del parque automotor utilizado como servicio de Taxis, antes de la próxima temporada 2002 – 2003;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Prorróguese hasta el 1° de Diciembre de 2002 el cumplimiento del
– – – – – – – – – – – Artículo 21° de la Ordenanza 1823/01, referida al color «BLANCO» de las unidades afectadas al servicio de Taxi.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jul 3, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1862/02
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Agosto 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1673
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-6231/02.-
VISTO:
El expediente B-6131/02, iniciado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista con motivo del proyecto de resolución sobre Convenio Constitución Consejo Local Económico Social, aprobado el 6 de Mayo de 2002, bajo número de registro 2953, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio Marco entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell tiene por objeto la creación del Consejo Local Económico Social;
Que en el Partido de Villa Gesell aún no se ha conformado el Consejo Local Económico Social;
Que el acuerdo Marco y sus actas complementarias y la Municipalidad de Villa Gesell, se celebran «ad-referéndum» del Honorable Concejo Deliberante del Partido;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Convalídase el Acuerdo Marco y sus Actas Complementarias entre la
– – – – – – – – – – – – Municipalidad de Villa Gesell para la constitución del Consejo Local Económico Social.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –