May 4, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2647/16
FECHA DE SANCIÓN: 18 de Julio de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2484
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: C-10571/16.-
VISTO:
Lo solicitado por la Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que dicha Asociación solicitó la aprobación de un proyecto de Ordenanza de adhesión a la Ley Provincial nº 11.221 de reconocimiento y beneficios a los Veteranos de Guerra por sus servicios a la Patria.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Villa Gesell a la Ley Provincial nº
——————- 11.221 de Reconocimiento y Beneficio a los Veteranos de la Guerra de Malvinas de Villa Gesell.—
May 4, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2695/16
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2525
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: A-10768/16.-
VISTO:
El Expediente nº 10768/16 Asociación Propietarios de Taxis solicitan aumento de tarifa; y
CONSIDERANDO:
Que, es competencia del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell fijar la Tarifa a aplicar;
Que, la realidad indica que la ultima actualización de tarifa se produjo en el mes de Noviembre de 2015, existiendo a la fecha, la clara necesidad y pertinencia de readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de Villa Gesell.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase la siguiente Tarifa para el Servicio Publico de Automóviles
—————— de alquiler con Taxímetro, a saber:
- a) Baja de Bandera: $ 22.-
- b) Valor y caída de ficha: $1,75 cada 110 metros.-
- c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehiculo para equipajes de los Pasajeros será sin cargo.—
ARTÍCULO 2º: La presente Ordenanza será de aplicación a partir del 1º de Diciembre
—————— del año 2016.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 4, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2694/16
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2526
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10755/16.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el llamado a
——————- licitación pública para la contratación del Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido de Villa Gesell.—
ARTICULO 2°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que se encuentra
——————- adjuntado en el expediente 10755/16 con las modificaciones introducidas en la Comisión de Obras, Transporte y Servicios Públicos.—
ARTICULO 3°: Autorízase el compromiso de ejercicios futuros debiendo el
——————- Departamento Ejecutivo prever partidas suficientes para atender el pago de este Servicio Público en los términos del artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 4, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2693/16
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2524
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 10598/16.-
VISTO:
El expediente Nº 10598/16; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario reformular la ordenanza Nº 2545/14 debido a las necesidades planteadas por los prestadores del Servicio Público de Automóviles de Alquiler de Taxímetro.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modificase el Artículo 41º de la Ordenanza 2545/14 quedando
——————- redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 41º: Fíjense las siguientes Paradas de Automóviles de Alquiler con
———————- Taxímetro y la cantidad de autos máximos de acuerdo al detalle, a saber:
Parada “A”: Paseo 105 e/ Av. 3 y 3 bis: hasta 6 coches.-
Parada “B”: Paseo 107 e/ Av. 3 y Av. 2: hasta 6 coches.-
Parada “C” Paseo 141 e/ Av. 3 y 4: hasta 10 coches.-
Parada “D”: Boulevard Silvio Gesell y Paseo 100.-
Parada “E”: Paseo 109 e/ Av. 3 y 2: hasta 6 coches.-
Parada “F”: Aeropuerto Villa Gesell.-
Parada “G”, Santa María y El Lucero.-
Parada “H”, Paseo 104 y Av.3: hasta 6 coches.-
Parada “I”: Alameda 204 y Avenida Buenos Aires, esquina Noreste.-
Parada “J”: Pueblo Limite
Parada “k”: Paseo 111 e/Av 3 y 4.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la instalación
——————- de los puestos de la parada J y K para llegar un mejor funcionamiento al transito.—
ARTÍCULO 3º: Modificase el Articulo 45º de la ordenanza 2545/14 quedando redactado
——————- de la siguiente manera:
ARTICULO 45º: En caso de fallecimiento o incapacidad física permanen-
———————- te o temporaria del propietario de la licencia podrá ser transferida a sus herederos. En caso de que el primer titular de una licencia o sus herederos no puedan o no quieran hacer uso de la licencia, podrán transferirla por única vez, quedando establecido que el nuevo concesionario no podrá disponer de dicha licencia para su venta y en caso de hacerlo, la perderá. La misma volverá a otorgarse a otro aspirante por este Honorable Concejo Deliberante. En caso de transferencia temporaria no podrá exceder el periodo de un año calendario, se establece un canon equivalente a 2000 módulos, que deberán ser abonados en la Municipalidad en un solo pago al momento de la transferencia temporarea, teniendo previa autorización de la Dirección Legal y Técnica cumplimentando los requisitos establecidos en el ARTICULO 6º de la Ordenanza 2545/14 en sus incisos a) b) c) d) e) g) h) y j).————
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
May 4, 2017 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2692/16
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2530
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10420/16.-
VISTO:
El Expediente Letra B 10420/16 ; y
CONSIDERANDO:
Que la competencia tiene características internacionales y las empresas de cuatris, motos y accesorios montan carpas de promoción y ventas en el predio resultando beneficioso para el organizador;
Que existe un sector de gradas en el que se cobra su acceso preferencial, cobro que es particular de los organizadores;
Que de cobrarse un bono contribución en el predio del circuito se beneficiaría la comunidad de Villa Gesell para dar respuestas a las necesidades de insumos para el Hospital por ejemplo, a las escuelas públicas de Villa Gesell, Cruz Roja, Bomberos Voluntarios;
Que la recaudación estaría sujeta al control por parte de una comisión mixta para transparentar los actos que surjan de este suceso.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese a las instituciones mencionadas en la presente a la venta de
——————- un BONO CONTRIBUCIÓN en el precio municipal donde se llevará a cabo la carrera del ENDURO DEL VERANO de cada año, de acuerdo a lo determinado en esta Ordenanza.—
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo determinará el valor de un bono
——————- contribución voluntario cuyo valor máximo no podrá superar los 13 módulos según el Código Tributario Fiscal vigente.—
ARTÍCULO 3º: Las Instituciones que serán beneficiadas con la presente son la
——————- Asociación Cooperadora del Hospital Municipal de Agudos “Arturo Illia”, la Cruz Roja Argentina, filial Villa Gesell y las asociaciones de Cooperadoras Escolares –- Villa Gesell, esta última destinará en partes proporcionales a cada Asociación Cooperadora de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 4°: Queda la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Villa Gesell
——————- autorizada a:
- A) reglamentar la presente junto a las instituciones a los que se les destinará lo recaudado
- B) efectuar las impresiones de bonos y personal, sean de cada Institución enumerada en el artículo precedente en cabinas u oficinas céntricas asignadas a la misma, en los días previos, tal como se hace en la Fiesta de la Diversidad Cultural con la Paella de la Amistad o en la Chocogesell o en el momento de desarrollarse el espectáculo ENDURO DEL VERANO
- promocionarlo en cada gacetilla de difusión en todo los Medios.
- D) Y toda otra acción que beneficie los fines de la presente
ARTÍCULO 5 º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—