Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2393/11
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2217
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9142/11.-
VISTO:
Los Decretos Municipales nº 2474/2010 y nº 247 agregados y que forman parte de la Rendición de Cuentas del Ejercicio finalizado el 31 de Diciembre de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que por los mismos se ampliaron partidas de gastos conforme a que en los criterios interpretativos del RAFAM por un importe de $ 3.987.964,25;
Que la Relatoría Zonal ha indicado que preliminarmente la ampliación no correspondería habida cuenta de la utilización de fuentes de financiamiento alternativas;
Que existiendo saldos de libre disponibilidad por dicho importe en la Fuente de Financiamiento 110 de Libre Disponibilidad procede a compensar los eventuales excesos que se produzcan en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2010.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Compensase el eventual Exceso a registrar en el Presupuesto de Gastos de la
——————- Municipalidad de Villa Gesell en la suma de $ 3.987.964,24.- en las siguiente partida; Jurisdicción 1 Departamento Ejecutivo , Subjurisdicción 6 Servicio de la Deuda Programa 91 Deuda Flotante, fuente de Financiamiento 110 Recursos Ordinarios Partida 7120 Amortización de la Deuda Interna a Corto Plazo en la Suma de $ 3.987.964,25 con las economías de libre disponibilidad existente al cierre y que disminuidas se detallan en Anexo .—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2394/11
FECHA DE SANCIÓN: 02 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2218
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9063/10
VISTO:
Lo informado en el expediente municipal Nº 4530/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor BARTA, Eduardo José, fue adjudicatario mediante Decreto Nº 924 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-2 del Plan denominado “Viviendas económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 16) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.- esteticista
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-2 del Plan
—————— “Viviendas Económicas” al Señor BARTA, Eduardo José D.N.I. 8.591.683.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————— de la vivienda en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2395/11
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2219
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9064/10.-
VISTO:
Lo informado en el expediente municipal Nº 4529/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor GUARNIERI, Juan Carlos, fue adjudicatario mediante Decreto Nº 664 de 1988 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-H-134-1 del Plan denominado “42 Viviendas” y en virtud a lo dictaminado a folio 12 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-H-134-1 del plan
—————— “42 Viviendas” a la Señora DEDONATO, Teresa Virginia D.N.I. 12.789.601 casada en primeras nupcias al momento de la adjudicación y divorciada habitando actualmente la vivienda con los hijos del matrimonio cediéndole al Señor GUARNIERI todos los derechos a su ex esposa.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————– de la vivienda donde habitara la madre de los hijos del matrimonio disuelto en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al registro Oficial y cumplido archívese.—
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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2396/11
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2220
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9065/10.-
VISTO:
Lo informado en el expediente municipal Nº 4528/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor RINGA, Domingo José, (fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17g-10 del plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 9 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17g-10 del Plan
—————— “Viviendas Económicas” a la Señora HANSEN, Alicia Cristina D.N.I. 11.438.596 por haber estado conviviendo con el Señor RINGA durante 32 años en el inmueble a la fecha de su fallecimiento.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————— de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2397/11
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2221
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9066/10.-
VISTO:
Lo informado en el Expediente Municipal Nº 4527/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor CORRAL, Alfredo Santos (fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del Plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 11) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del plan
—————— “Viviendas Económicas” a la Señora ECHEVARRIA, Alicia Noemí D.N.I. 16.102.337 por haber estado casada en primeras nupcias con el Señor CORRAL.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————– de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—