Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2419/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2243
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4923/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 30/10, Lote 55 MA, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas ;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento más fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que el Sr. Alonso Rubén Mario cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 30/10 Lote 55 MA.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 30/10 correspondiente al Lote 55 MA, al Sr.
—————— ALONSO, RUBEN MARIO.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2420/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2244
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4903/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 10/10, Lote 35 MC, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento más fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que el Sr. Boloque, Fernando cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 10/10 Lote 35 MC.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 10/10 correspondiente al Lote 35 MC, al Sr.
—————– BOLOQUE, FERNANDO.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2421/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2245
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4913/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 20/10, Lote 45 SVG, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas ;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento mas fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que la firma S.O.M.U. cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 20/10 Lote 45 SVG.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 20/10 correspondiente al Lote 45 SVG, a la
—————— firma S.O.M.U..—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2422/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2246
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4914/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 21/10, Lote 46 SVG, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas ;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento mas fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que el Sr. Pino Rubén cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 21/10 Lote 46 SVG.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 21/10 correspondiente al Lote 46 SVG, al
—————— Sr. PINO, Rubén.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2423/11
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Agosto de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2247
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9232/11.-
VISTO:
El pedido realizado por la Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas del Partido de Villa Gesell, solicitando tres (3) licencias a quienes han ofrecido sus vidas por la Patria en el año 1982 durante la Guerra de Malvinas; y
CONSIDERANDO:
Que el otorgamiento de una licencia de Taxi no suple el horror y el dolor por lo que pasaron nuestros soldados de la Patria, en la Guerra de Malvinas ;
Que es potestad del Honorable Concejo Deliberante otorgar licencias de Taxi, máxime si se trata de ciudadanos residentes de Villa Gesell, asociados a Veteranos de Guerra de Villa Gesell quienes tienen mérito suficiente y honor al valor o arrojo como el demostrado en la Guerra de Malvinas, en 1982.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórguese licencia de Taxi a los siguientes vecinos Veteranos de Guerra de
—————— Malvinas, residentes de Villa Gesell, a saber:
CARLOS ANTONIO FERRIOL D.N.I. Nº 16.161.110
SERGIO NÉSTOR CUFRE D.N.I. Nº: 16.572.602
JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ D.N.I. Nº 14.855.559
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a acordar un plan de pago respecto
—————— a las habilitaciones de hasta diez (10) cuotas a los nombrados en el Artículo anterior.—
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a través del área pertinente a
—————— designar las paradas de las nuevas licencias, como así también el numero de licencia correspondiente, otorgadas en el Artículo 1º de la presente.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—