Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 15 de Septiembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 3996
EXPEDIENTE H.C.D.Nº: B-9858/10
VISTO:
La vigencia de la Ordenanza 1960; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza convalida el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Villa Gesell y la Asociación Implantodontólogica Argentina (A.I.A);
Que dicho convenio fue firmado con el objetivo de desarrollar el Pos Grado en Implantología Oral;
Que desde el año 2005 y hasta el año 2009 las actividades se realizaron en el marco del Convenio suscripto, generando capacitación en la especialidad y una importante cantidad de tratamientos a vecinos de la Ciudad;
Que unilateralmente la Municipalidad ha dejado de cumplir con el convenio desde el año 2009, cuando se le comunico a la Asociación que no podían disponer de los consultorios construidos en el Centro Comunitario Sur;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
PRIMERO:Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal informe las razones por las que ha
————- dejado de cumplir con el Convenio firmado con la Asociación Implantodontologica Argentina, y que fuera convalidado por este Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza 1960.—-