Ordenanza 2316/10

Ordenanza 2316/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2138
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8901/10.-

 

VISTO:

              El expediente nº 8901/10 y lo informado en el expediente Municipal Nº 3315/10 por la Sra. Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                    Que, el Señor Franco, José Andrés, fue adjudicatario mediante Ordenanza Nº 544 de 1990 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-H-136-1 del Plan denominado “Pro Casa I” y en virtud a lo dictaminado a folio 19 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-H-136-1 del
——————  “Plan Pro Casa I” a la Sra. Lobos, Graciela Rosalba D.N.I. 18.287.119 casada en primeras nupcias al momento de la adjudicación y actualmente divorciada habitando la vivienda con uno de los hijos del matrimonio cediendo al Sr. FRANCO todos los derechos a su ex esposa para que se escriture a su nombre según se indica a folio 16 del presente expediente.—

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habitó el anterior titular y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—


ARTICULO 3º
: La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————-  jefe del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar beneficiado.—

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2316/10

Ordenanza 2317/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2139
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8902/10.-

 

VISTO:

              El expediente nº 8902/10 y lo informado en el expediente Municipal Nº 3297/10 por la Sra. Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                    Que, el Señor RUIZ, Héctor Oscar, fue adjudicatario mediante Ordenanza Nº 111 de 1981 de la parcela indicada catastralmente como VI-B-17H-6 del Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 10 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita una modificación de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-6 del
——————-  Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” al Sr. CHOQUE, Quintanilla Roberto  D.N.I. 92.687.725 por haber adquirido legalmente el inmueble según lo informado en el boleto de compra-venta certificado de acuerdo al folio 8 del presente expediente.—

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habita la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—

ARTICULO 3º: El titular mencionado en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————-  jefe del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar beneficiado.—


ARTICULO 4º
:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2316/10

Ordenanza 2318/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2140
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8903/10.-

 

VISTO:

              El expediente nº 8903/10 y lo informado en el expediente Municipal Nº 3298/10 por la Sra. Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Señora PORCHILE, Susana Graciela, fue adjudicataria mediante Ordenanza Nº 98 de 1981 de la parcela indicada catastralmente como VI-B-16g-10 del Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 18 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita una modificación de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-16g-10
——————- del  Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” a la Sra. VIGNOLA, Mabel Susana  D.N.I. 11.042.097 y al Señor Manuel Muñoz D.N.I. 5.326.875 por haber adquirido legalmente el inmueble según lo informado en el boleto de compra-venta certificado de acuerdo al folio 8 del presente expediente.—

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habita actualmente la nueva adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—

ARTICULO 3º: La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————  jefe del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar beneficiado.—

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2316/10

Ordenanza 2319/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2141
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8905/10.-

 

VISTO:

              El expediente nº 8905/10 y lo informado en el expediente Municipal Nº 3370/10 por la Sra. Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                    Que, el Señor MARCIANO, Antonio Heriberto (fallecido)  fue adjudicatario  mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-5 del Plan denominado “Familias Geselinas de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 10 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización  de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-5
——————- del  Plan denominado “Familias Geselinas de escasos recursos” a la Sra. CEBALLOS, María Eva D.N.I. 06.168.213 por haber estado conviviendo con el Sr. MARCIANO, Antonio H. en el inmueble adjudicado a la fecha de su fallecimiento.—

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—

ARTICULO 3º: La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————–  jefa del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar beneficiado.—


ARTICULO 4º
:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2316/10

Ordenanza 2320/10

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————


2320/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2142
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8906/10.-


VISTO:

              El Expediente Nº 8906/10 y lo informado en el expediente municipal nº 3369/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y


CONSIDERANDO:

                                   Que, el Señor MANRIQUE, Eber Darío, (Fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-10 del plan denominado “Familias geselinas de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 10 por la Dirección de Asesoría  Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la  Provincia de Buenos Aires.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-10
——————-   del Plan “Familias geselinas de escasos recursos” a la Sra. LOUIS, Silvia DNI: 13.547.156 por haber estado conviviendo con el Sr. MANRIQUE, Eber Darío, 23 años en el inmueble adjudicado a la fecha de su fallecimiento.—


ARTICULO 2º
:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la

——————-  condición social de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—


ARTICULO 3º
:  La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————-  jefa del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar .—


ARTICULO 4º
:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—