May 12, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2127/07
FECHA DE SANCION: 29 de Diciembre de 2007.-
NUMERO DE REGISTRO: 1948
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8011/07.-
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Adhiérase al Artículo 1º de la Ley Provincial N° 13.536, en los
– – – – – – – – – – – términos del artículo 1º de la Circular Nº 400/07 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en los términos de la misma proceda a la declaración de prescripción de las deudas tributarias municipales hasta el 31 de diciembre de 2006 y conforme a los Anexos 1 a 22 que detallan la deuda por Tasa y Contribuyente a Prescribir.- – –
ARTÍCULO 2º: La medida dispuesta en el Artículo precedente, se hará efectiva previa
– – – – – – – – – – – verificación de la no existencia de actos interruptivos previstos en el párrafo tercero del artículo 278º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. – – –
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
May 12, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2125/07
FECHA DE SANCION: 29 de Diciembre de 2007.-
NUMERO DE REGISTRO: 1946
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8023/07.-
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Fíjase en la suma de Pesos CINCUENTA MILLONES
– – – – – – – – – – – QUINIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($50.590.743,59) el Presupuesto General de Gastos que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2008 de la Municipalidad de Villa Gesell – – –
ARTÍCULO 2°: Estímase en la suma de Pesos CINCUENTA MILLONES
– – – – – – – – – – – QUINIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($50.590.743,59) el Cálculo de Recursos que financiará el Presupuesto General que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2008 de la Municipalidad de Villa Gesell.- – –
ARTÍCULO 3°: Apruébase la distribución de los recursos y gastos establecidos
– – – – – – – – – – – en los Artículos 1° y 2° de la presente, y conforme las clasificaciones presupuestarias establecidas en el Anexo I que forma parte íntegramente de la presente Ordenanza, conjuntamente en la Estructura Programática establecida para el ejercicio 2008 y el esquema de Ahorro, Inversión y Financiamiento.- – –
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
May 12, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2124/07
FECHA DE SANCION: 03 de Diciembre de 2007.-
NUMERO DE REGISTRO: 1945
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-8007/07.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar permisos
– – – – – – – – – – – – para la venta ambulante en playa en el Partido de Villa Gesell, por el único período comprendido entre el 20 de Diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 en los siguientes rubros:
GASEOSAS
AGUA MINERAL
CAFÉ
HELADOS
PANCHOS
CHURROS Y BERLINESAS
BIJOUTERIE
GOLOSINAS – BARQUILLOS – POCHOCLO – MANZANITA – PIRULINES Y
GARRAPIÑADAS.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
May 12, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2123/07
FECHA DE SANCION: 03 de Diciembre de 2007.-
NUMERO DE REGISTRO: 1944
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: E-7996/07.-
VISTO:
El expediente Nº 7996/07, iniciado por la Empresa El Ultimo Querandí S.R.L.; y
CONSIDERANDO:
Que, el Pliego de Bases y Condiciones del Servicio Público de Pasajeros establece que el Honorable Concejo Deliberante puede modificar la tarifa de los diferentes ramales basándose en la formula polinómica incluída en el Artículo 12º del mismo;
Que, se ha cotejado el estudio de costos presentado por la Empresa;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Establézcase la tarifa del Servicio Público de Pasajeros de Villa
– – – – – – – – – – – – Gesell, el que pasara a costar de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:
Boleto |
Período |
16 – 03 al 14 – 12 |
15 -12 al 15 – 03 |
Único |
1,40 |
1,80 |
Secundario |
0.20 |
0.20 |
Primario |
0.10 |
0.10 |
Mar Azul |
1,60 |
1,90 |
Cementerio |
1,50 |
1,50 |
ARTICULO 2º: Deróguense las Ordenanzas Municipales Nº 2009/05 y 2091/07.
– – – – – – – – – – – –
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
May 12, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2122/07
FECHA DE SANCION: 03 de Diciembre de 2007.-
NUMERO DE REGISTRO: 1943
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-7937/07 – 7998/07.-
VISTO:
El Expediente Nº 7937/07 y 7998/07, iniciados por las Asociaciones de Taxis de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo solicitan modificación del cuadro tarifario;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 3º de la Ordenanza nº 1824/01, el que quedará
– – – – – – – – – – – redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 3º: Establécese el siguiente cuadro tarifario:
– – – – – – – – – – – –
- Bajada de bandera con un costo de $ 2.40.- la que se realizará a partir del momento que comience el viaje con el pasajero en el – –
Vehículo y hasta destino.-
- Cada 110 mts. de recorrido, caerá una ficha de 0,25.-
- La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de
los pasajeros, será sin cargo.-
ARTICULO 2º: Deróguese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2086/06.- – –
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –