Ordenanza 2129/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2129/08

                                  FECHA DE SANCION: 4 de Enero de 2008.-
                                 NUMERO DE REGISTRO: 1950
                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8027/07.-

 

VISTO:

                El pedido expreso de fecha 28 de Diciembre de 2007, efectuado por el Señor Intendente Municipal de Villa Gesell, en el que solicita al Honorable Concejo Deliberante la adhesión a la Policía Comunal de Seguridad; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, la Policía Comunal de Seguridad prevee la posibilidad de su aplicación para los Municipios del interior de la Provincia de Buenos Aires con una población inferior a los 70.000 habitantes;

Que, el Municipio es una persona jurídica de carácter público por lo tanto está regido por el derecho público, del mismo modo que el Estado Nacional y la Provincia y al observarse las disposiciones  constitucionales nacionales (Art. 5º y 123º) y Provinciales (Art. 190º, 191º, 192º inc. 6º y demás concordantes), está claramente habilitado para celebrar convenios, adherir y poner en práctica leyes provinciales, entre otras funciones inherentes;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

  

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Adhiérase la Municipalidad de Villa Gesell en todos sus términos a la
– – – – – – – – – – –  Ley de Policía Comunal de Seguridad.- – –

ARTICULO 2º:  Autorízase al Señor Intendente Municipal del Partido de Villa Gesell a
– – – – – – – – – – –  celebrar el Convenio correspondiente para la implementación de la Ley de Policía Comunal de Seguridad de Villa Gesell.- – –

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

Ordenanza 2128/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2128/08

                                  FECHA DE SANCION: 4 de Enero de 2008.-
                                 NUMERO DE REGISTRO: 1949
                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8026/07

 

VISTO:

El informe remitido por el Señor Secretario de Planeamiento y Obras Públicas Arquitecto Luis Leonardo Castellani, el que da cuenta del estado actual de ocupación de las Unidades Turísticas Fiscales y el informe de Asesoría Legal que individualiza las trece (13) Unidades con las concesiones vencidas y;

 

CONSIDERANDO:

Que, doce (12) de los Balnearios con concesiones vencidas se encuentran ocupados por sus antiguos concesionarios y una desalojado por orden judicial, actualmente ocupado;

Que, las construcciones en playa se encuentran en un buen estado de conservación;

Que, el proceso licitatorio se vio truncado por una medida judicial que imposibilitó la concreción de nuevas adjudicaciones, resintiendo con ello la normal prestación de servicio en la temporada veraniega;

Que, atenta contra la seguridad de las personas dejar las construcciones de los balnearios con licitación vencida, desocupados;

Que, las construcciones en playa abandonadas, perjudican la imagen de nuestra ciudad;

Que, es conveniente para los intereses municipales prorrogar hasta el 30 de marzo año 2008 las concesiones vencidas, porque ello genera un ingreso en concepto de canon de aproximadamente doscientos sesenta mil pesos ($ 260.000) y ; de ciento cincuenta puestos de trabajo genuinos;

Que, sí bien el Art. 231° de la Ley Orgánica de las Municipalidades  no garantiza al concesionario la prórroga del contrato ni le impone ello a la autoridad administrativa, es atribución conceder o denegar prórroga de una concesión de Unidades Turísticas Fiscales;

Que, es criterio del Departamento Ejecutivo no celebrar contratos con quienes se encuentren en conflicto con la Municipalidad de Villa Gesell.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1°: Facúltase al Señor Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta a
– –  – – – – – – – – –  prórrogar hasta el día 30 de marzo del año 2008 las concesiones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 231° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- – –

ARTÍCULO 2°: Fíjase el canon a cobrar a los concesionarios beneficiados con la
– – – – – – – – – – – –  presente Ordenanza en un monto igual al canon base de las licitaciones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas llevadas a cabo en el año 2007.- – –

ARTÍCULO 3°: Inclúyase  como  cláusulas  contractuales: el desistimiento de toda
– – – – – – – – – – – –  acción judicial contra la Municipalidad de Villa Gesell y el derecho en ella reclamada; la obligación de entregar el lote libre y limpio el día 1° de abril del año 2008 incluyendo la demolición a cargo del concesionario, salvo que la edificación pueda ser convertida para que tenga un menor impacto en un medio ambiente con una característica constructiva adecuada.- – –

ARTÍCULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar los
– – – – – – – – – – – –  correspondientes contratos.- – –

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

Ordenanza 2127/07

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2127/07

                                FECHA DE SANCION: 29 de Diciembre de 2007.-
                                  NUMERO DE REGISTRO: 1948
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8011/07.-

                 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTÍCULO 1°: Adhiérase al Artículo 1º de la Ley Provincial N° 13.536, en los
– – – – – – – – – – – términos del artículo 1º de la Circular Nº 400/07 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en los términos de la misma proceda a la declaración de prescripción de las deudas tributarias municipales hasta el 31 de diciembre de 2006 y conforme a los Anexos 1 a 22 que detallan la deuda por Tasa y Contribuyente a Prescribir.- – –

ARTÍCULO 2º: La medida dispuesta en el Artículo precedente, se hará efectiva previa
– – – – – – – – – – – verificación de la no existencia de actos interruptivos previstos en el párrafo tercero del artículo 278º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. – – –

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

 

Ordenanza 2125/07

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2125/07

FECHA DE SANCION: 29  de Diciembre de 2007.-
                                        NUMERO DE REGISTRO: 1946
                                      EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8023/07.-

                                     O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1°: Fíjase  en  la  suma  de Pesos CINCUENTA MILLONES
– – – – – – – – – – – QUINIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($50.590.743,59) el Presupuesto General de Gastos que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2008 de la Municipalidad de Villa Gesell – – –

ARTÍCULO 2°: Estímase  en  la  suma  de  Pesos  CINCUENTA  MILLONES
– – – – – – – – – – – QUINIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($50.590.743,59) el Cálculo de Recursos que financiará el Presupuesto General que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2008 de la Municipalidad de Villa Gesell.- – –

ARTÍCULO 3°: Apruébase la distribución de los recursos y gastos establecidos
– – – – – – – – – – – en los Artículos 1° y 2° de la presente, y conforme las clasificaciones presupuestarias establecidas en el Anexo I que forma parte íntegramente de la presente Ordenanza, conjuntamente en la Estructura Programática establecida para el ejercicio 2008 y el esquema de Ahorro, Inversión y Financiamiento.- – –

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

Ordenanza 2124/07

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2124/07

                             FECHA DE SANCION: 03 de Diciembre de 2007.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1945
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-8007/07.-

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar permisos
– – – – – – – – – – – –  para la venta ambulante en playa en el Partido de Villa Gesell, por el único período comprendido entre el 20 de Diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 en los siguientes rubros:

GASEOSAS

AGUA MINERAL

CAFÉ

HELADOS

PANCHOS

CHURROS Y BERLINESAS

BIJOUTERIE

GOLOSINAS – BARQUILLOS – POCHOCLO – MANZANITA – PIRULINES Y

GARRAPIÑADAS.—


ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –