Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2327/10
FECHA DE SANCIÓN: 06 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2148
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: V-8917/10.-
VISTO:
El esfuerzo y visión del Sr. Ricardo Astengo MORANDO, uno de los creadores y pionero de la localidad de Mar Azul; y
CONSIDERANDO:
Que, es altamente ponderable la voluntad invertida a lo largo de su vida en generar una localidad relacionada con el turismo Geselino, respetando al medio ambiente;
Que, la conciencia ecológica de Mar Azul, Partido de Villa Gesell, propone un lugar diferente con identidad propia, pero inclusiva y no ajena a la visión de Don Carlos Gesell;
Que, el disfrute al aire libre, el sosiego y el deleite de la naturaleza fueron y son premisas importantes legadas desde aquel aventurero momento en que se imaginó una localidad distinta de la Costa Atlántica;
Que, éste Honorable Concejo Deliberante ve con agrado homenajear a pioneros de nuestro Partido que contribuyen con el desarrollo y crecimiento de nuestras localidades.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Denomínase “Don Ricardo Astengo Morando – Fundador y
——————- Pionero”, al camino de acceso a Mar Azul entre la Ruta Provincial Nº 11 y su encuentro con la Avenida Monte Hermoso de la localidad de Mar Azul.—
ARTICULO 2º: Indíquese en el acceso al camino mencionado en el Artículo 1º, desde
——————- la Ruta Provincial Nº 11 y desde la Avenida Monte Hermoso señalética correspondiente a los efectos de su identificación.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2328/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2150
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8961/10.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia mutua
—————— firmado entre el Instituto Provincial de la Administración Pública y la Municipalidad de Villa Gesell, 002-665-2010, del mes de Agosto de 2010.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2329/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2151
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-8591/09.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2043 sancionada el 19 de Diciembre de 2005, suspendiendo la aplicación de la Ordenanza Nº 1338/95; y
CONSIDERANDO:
Que no es competencia de la Secretaría de Turismo y Cultura ejercer ningún tipo de contralor de las propiedades inscriptas;
Que en el propio articulado de la Ordenanza Nº 1338/95 se establece que la Municipalidad, a través del Turismo no tiene el compromiso ni obligación de supervisarla, solo la elimina del Registro;
Que en el 2005, ya existieron antecedentes con la intención de anular la Ordenanza Nº 1338/95.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Derógase la Ordenanza Nº 1338/95.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2330/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2152
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: E-8792/10 -8944/10-8959/10.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar una
——————- readecuación del precio del Servicio de Recolección, Carga, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos domiciliarios del Partido de Villa Gesell, Contrato 025-452-2008 en su tramo no ejecutado y tramitado a través de la Licitación Pública Nº 02/2008, del orden del diez por ciento (10%) del contrato.—
ARTICULO 2º: La autorización establecida en el Artículo 1º tendrá vigencia a partir
——————– del 1º de Agosto de 2010.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2331/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2153
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8960/10.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el convenio firmado entre la Municipalidad y el Instituto
——————- A-1245 Primera Escuela Privada de Psicología Social, para la instalación de un Centro Regional para la implementación del Plan a Distancia Técnico Superior en Análisis e Intervención en los campos grupal, institucional y comunitario.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—