Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2335/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2159
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8965/10.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Acéptese la donación realizada por parte de la Secretaría General de la
—————— Gobernación para la Municipalidad de Villa Gesell, del automotor marca Volkswagen, modelo Polo, dominio FKZ610, número de chasis RPA.444116, según Certificado de Circulación .—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2336/10
FECHA DE SANCIÓN: 04 de Octubre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2160
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8984/10
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para la Venta Ambulante
——————- en Playa que forma parte de la presente como Anexo I.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2337/10
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Octubre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2161
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9013/10.-
VISTO:
La necesidad de construir el Edificio del “Centro Comunitario I y II refuncionalizado para ser utilizado como Centro de Atención Pediátrica y la firma del convenio a tal fin entre el Intendente Municipal y la Ministra de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que, es de fundamental importancia la concreción del citado Centro para la política de Salud de Villa Gesell;
Que a los efectos de que el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires pueda construir Centros Comunitarios, a través de la Dirección Provincial de Arquitectura, es necesario primero ceder un lote mediante Ordenanza Municipal.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Desaféctase el espacio verde delimitado por las Avenidas
—————— Circunvalación, Avenida 22, Paseo 107 bis, Avenida 21 y Paseo 107, de la Circunscripción VI, Sección H como espacio verde y afectase como Reserva Fiscal.—
ARTICULO 2º: Desaféctase como Reserva Fiscal la Parcela cuya nomenclatura
——————- catastral: Circ: VI, Secc: A, Mz: 34, Parcela: 1 y aféctase como Espacio Verde.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2338/10
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Octubre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2162
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9014/10.-
VISTO:
El Programa de Reconversión del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas, y la necesidad de autorizar la firma de convenios pertinentes entre el Señor Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión y Servicios; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio construirá con aportes del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires el número de viviendas establecidas y reconvenidas en un Convenio Particular;
Que los lotes donde se construirán las viviendas corresponden a terrenos adquiridos, oportunamente, por la Municipalidad, según el Plan Familia Propietaria, estando su uso referido específicamente a viviendas populares;
Que resulta necesario también, el dictado de la norma que autorice al Señor Intendente Municipal, la Suscripción del Convenio respectivo.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase al Señor Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta
—————— a la suscripción del Convenio de Financiamiento bajo las modalidades establecidas por el Instituto de la Vivienda de un conjunto de ochenta (80) viviendas.—
ARTICULO 2º: Los terrenos donde serán construidas las viviendas, incluyendo los
——————- espacios fiscales y verdes exigidos por Ley, son aquellos identificados como: Circ: VI, Secc: H, Mza: 4, Parcelas: 1 a 5 y de 14 a 20.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 11, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2339/10
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Octubre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2163
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9015/10.-
VISTO:
El Convenio Marco suscripto por la Municipalidad de Villa Gesell con el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Estado Provincial otorga a la Municipalidad un subsidio de Pesos Cuatrocientos noventa y seis mil ($ 496.000);
Que el mismo se destinará a la Construcción de una Pista de Skate;
Que fue presentada la documentación exigida por el Decreto 693/07.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio Marco suscripto por la Municipalidad de
——————- Villa Gesell con el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires por el cual, el Estado Provincial otorga a la Municipalidad de Villa Gesell un subsidio de Pesos cuatrocientos noventa y seis mil ($ 496.000), en el marco de la presentación de la solicitud y documentación exigida por el Decreto Nº 693/07 para la construcción de una pista de Skate.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—